Memoria 2019

Arq. Leticia González Escobar lgonzalez@pm4h.com www.pm4h.com “ La Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948, en su artículo 25 reconoció la salud como parte del derecho a condiciones de vida adecuadas. La universalidad sólo puede lograrse cuando los gobiernos cubran los gastos sanitarios de las personas que no puedan hacer frente a dichas contribuciones” . OMS Gracias! Gestión de proyectos de infraestructuras de salud en América Latina y El Caribe. Retos y oportunidades

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